Una persona que haya dejado de cotizar más de 3 años o más 6 años, es obligatorio por ley, volver a cotizar con un patrón 26 semanas o 52 semanas respectivamente.
Para que posteriormente a ello se pueda pensionar el trabajador.
Una persona que haya dejado de cotizar más de 3 años o más 6 años, es obligatorio por ley, volver a cotizar con un patrón 26 semanas o 52 semanas respectivamente.
Para que posteriormente a ello se pueda pensionar el trabajador.